Contratos menores

El artículo 118 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, establece que podrán ser tramitados como contratos menores las obras de valor estimado inferior a 40.000 euros, o los suministros y servicios de valor estimado inferior a 15.000 euros.

La publicación de la información relativa a los contratos menores deberá realizarse trimestralmente en el perfil de contratante de cada organismo, ubicándose en el apartado “Documentos“.

A continuación, se proporciona la información acumulada de los contratos menores inscritos en el 2024 en el Registro de contratos por el conjunto de organismos contratantes del Ayuntamiento de Madrid. Puede accederse a la información de los menores de años anteriores a través del Registro de contratos o de las Memorias del Registro.

Expedientes Importe de adjudicación Organismos contratantes
1.851 13,10 mill. € 43

Fuente de datos: Registro de Contratos del Ayuntamiento de Madrid. Frecuencia de actualización: diaria.