Una contratación transparente

La transparencia se configura como uno de los principios básicos de la contratación pública a través del artículo 1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, incorporando a la largo de su articulado numerosas obligaciones de publicidad y transparencia, lo que fomenta la llamada publicidad activa en la contratación pública.

En el ámbito contractual la transparencia se garantiza a través del Perfil de contratante, al configurarse como la herramienta a través de la cual los órganos de contratación difunden por internet los datos y documentos referentes a su actividad contractual (artículo 63 LCSP). En el caso del Ayuntamiento de Madrid todos los perfiles de los organismos contratantes se encuentran alojados en la Plataforma de contratos del sector público (PLACSP).

El Perfil está orientado a informar a todos los interesados en la contratación, en particular, a los operadores económicos que tengan interés en las licitaciones. En él se publica información y documentación general del organismo contratante, como puede ser la composición de sus mesas o la relación trimestral de contratos menores, y aquella otra información necesaria para que los operadores económicos puedan participar en los procedimientos de licitación, lo que permite garantizar, además, los principios de igualdad y libertad de acceso a las licitaciones.

El Ayuntamiento de Madrid ha reforzado la transparencia a través del presente Portal de contratación, donde, con carácter general, se incorpora la información prevista por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid y la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid, de 27 de julio de 2016.